Después de que se haya producido un Brexit con acuerdo, ahora se inicia un período transitorio hasta el 31 de diciembre en que todo sigue igual…
Período transitorio. Desde el pasado mes de febrero, el Reino Unido ha dejado de formar parte de la Unión Europea. Apunte. No obstante, como dicha salida se ha producido con un acuerdo entre las partes, las consecuencias fiscales de una salida sin acuerdo no se van a producir (al menos de momento):
- Hasta el próximo 31 de diciembre de 2020, existe un período transitorio durante el cual todo sigue igual. Apunte. Así pues, si su empresa realiza operaciones con el Reino Unido, podrá seguir actuando como hasta ahora (al menos hasta fin de año).
- Además, dicho período transitorio podría verse ampliado en uno o dos años más (ampliación que deberá haberse acordado antes del próximo 1 de julio de 2020). ¡Atención! Por tanto, en dicha fecha ya se sabrá, por ejemplo, cuándo las ventas realizadas al Reino Unido deberán empezar declararse como exportaciones (si a partir de 2021, de 2022 o de 2023).
Cambios. En cualquier caso, no conviene relajarse. Al fin de este período transitorio, su empresa deberá tratar al Reino Unido como al resto de países de fuera de la UE, por lo que, salvo que se llegue a nuevos acuerdos, se producirán los siguientes cambios (entre otros):
- Las ventas de bienes que realice a dicho territorio, dejarán de considerarse entregas intracomunitarias, y ya no deberá declararlas ni en el Intrastat ni en el modelo 349. Apunte. Hacienda obtendrá la información sobre dichas operaciones a través de Aduanas.
- Las compras de bienes procedentes de dicho país pasarán a ser importaciones, lo que obligará a su empresa a satisfacer IVA en Aduanas y, en según qué productos, a satisfacer aranceles.
- Asimismo, si entre los socios de su empresa hay alguna entidad del Reino Unido con una participación inferior al 10%, deberá practicarle una retención del 10% sobre los dividendos que le satisfaga. Apunte. Recuerde que actualmente dicha retención sólo se aplica si la participación es inferior al 5%.
Antes del 1 de julio se sabrá si el período transitorio del Brexit se alarga uno o dos años más, siendo posible que no haya cambios fiscales hasta 2023.